J. Molina Law Firm

Mi Caso Fue Denegado, ¿Qué Puedo Hacer? Una Vista Al Formulario I-290B

Mi Caso Fue Denegado, ¿Qué Puedo Hacer? Una Vista Al Formulario I-290B

Ha estado esperando meses, o incluso años en algunos casos, y cuando abre la carta de USCIS, se da cuenta de que su caso ha sido denegado. Después de revisar cuidadosamente la carta, notó la sección que explica que puede presentar una apelación. Te preguntas, ¿qué debo hacer ahora?

Por lo general, tiene alrededor de 30 días calendario para presentar una apelación a partir de la fecha del servicio o notificación sobre el proceso que desea apelar, o 33 días calendario si el aviso se envió por correo. Para aplicaciones específicas en las que tiene una dinámica de peticionario – beneficiario, el peticionario es el único que puede asumir el papel de presentar el Aviso de apelación I-290B, no el beneficiario.

¿Debo presentar un Aviso de apelación, I-290B, o debo volver a solicitar mi solicitud de inmigración?

En algunos casos, podría ser más fácil volver a aplicar, con el mismo propósito de buscar una decisión positiva. Sin embargo, al contar con la representación adecuada en su caso, puede estar seguro de que obtendrá los resultados que desea.

Volver a solicitar su caso de inmigración es como comenzar de cero: deberá completar y presentar nuevamente los formularios para su proceso, adjuntar todas las pruebas solicitadas y pagar nuevamente por toda la solicitud.

Un Aviso de Apelación o Moción se lleva directamente a la Oficina de Apelaciones Administrativas o a la oficina de USCIS que emitió su decisión. Para este formulario, también deberá pagar una tarifa gubernamental en el momento de la presentación. Para la I-290B, el monto de la tarifa es actualmente de $ 675 y no se acepta efectivo. Si las oficinas que trabajan en su apelación o moción encuentran que los argumentos presentados son lo suficientemente buenos, continuarán con los siguientes pasos en su caso.

¿Cuál es la diferencia entre una moción para reabrir y una moción para reconsiderar?

Una Moción de Reapertura, como se indica en el nombre, es una apelación que usted presenta con base en la nueva información introducida en el caso, mientras que una Moción de Reconsideración solicita al Gobierno que vuelva a examinar su decisión basada en el expediente. Esto no significa que no pueda presentar más pruebas o un resumen de sus argumentos con una Moción de reconsideración.

De hecho, si no presenta un escrito, está desperdiciando una oportunidad clave para presentar un argumento convincente y sólido en su nombre. Es mejor contar con la asistencia de un abogado en este asunto, ya que se asegurará de que esté presentando todos los argumentos disponibles para tener éxito en su apelación.

Si cree que necesita ayuda con los argumentos del formulario I-290B y tiene una apelación exitosa, puede comunicarse con nuestra oficina al (469) 708-5800 y programar una consulta inicial gratuita con un abogado experimentado que lo guiará a través de los mejores pasos a seguir, después de analizar su caso.

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